martes, 12 de marzo de 2019


Señor trabajador  a  los fines de la  ley de contrato de trabajo, se entiende como "empresa" la organización instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos.
A los mismos fines, se llama "empresario" o “empleador” a quien dirige la empresa por sí, o por medio de otras personas, y con el cual se relacionan jerárquicamente los trabajadores, cualquiera sea la participación que las leyes asignen a éstos en la gestión y dirección de la "empresa".
Esto es muy importante para poder determinar a quien se dirige el reclamo legal, cuando  el empleador no cumple con la normativa legal, y no le otorga a usted sus derechos laborales.
Cuando la empresa o el empleador no cumplen  con la ley  usted tiene el derecho legal de iniciar el reclamo legal correspondiente para que la empresa le otorgue todos sus derechos laborales.
Así mismo, usted en caso de despido o en caso de accidente tiene la facultad de reclamar a la empresa o al empleador la indemnización por el despido o la indemnización por el accidente de trabajo.
Si usted fue despedido, y tiene una antigüedad de más de tres meses tiene derecho a reclamar la indemnización por despido en base a su antigüedad. Y si usted sufrió un accidente en el trabajo, reclame la indemnización a la ART. Contáctenos, nosotros sabemos cómo ayudarlo a cobrar su indemnización.
ATENDEMOS EN AVENIDA CORRIENTES 1922. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS,
SABADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS.
TEL: 4951-9873 / 4880-4839.
CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)
Obtenemos  el pago de la mejor indemnización por:
a) por despido
B) por trabajo en negro
C)  por accidentes de trabajo
D)  por enfermedad originada en el trabajo
E) por la art
F) por despidos en licencia por enfermedad
G)  por acoso laboral
H)  por horas extras impagos
I) por  suspensiones
J)  por diferencias de salarios
K)  por despido por maternidad
L)  por despido por matrimonio
M) indemnización por despidos por enfermedad
TEL: 4951-9873 / 4880-4839.
CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)


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